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Aprueba Congreso de BC reforma contra nepotismo y reelección

  • La XXV Legislatura Local aprueba la minuta de la reforma Constitucional por unanimidad de votos; las disposiciones que contempla entrarán en vigor en el 2030

MEXICALI, B.C., MARZO 06 DE 2025.- Por unanimidad de votos, el Pleno del Congreso de Baja California aprobó la minuta enviada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Federal en materia de no reelección y prevención del nepotismo electoral, con el objetivo de garantizar la equidad en los procesos electorales y prevenir prácticas de favoritismo dentro de las estructuras políticas de nuestro país.

La reforma modifica los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122, para establecer nuevas restricciones para aquellos que buscan ocupar o reelegirse en ciertos cargos públicos, y regula estrictamente la posibilidad de que familiares directos se postulen para cargos que estén bajo el control de alguien de su misma familia.

En sesión extraordinaria de Pleno celebrada la mañana de este jueves, las diputadas y diputados integrantes de la XXV Legislatura avalaron de manera unánime la minuta que fue presentada en el Dictamen 22 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, que preside el diputado Juan Manuel Molina García, en donde se evaluaron los impactos favorables para la consolidación de la democracia.

El resolutivo de la reforma prevé la prohibición de la reelección inmediata de personas senadoras y diputadas del Congreso de la Unión, personas diputadas de las legislaturas de los Estados, personas presidentas municipales, regidoras y síndicas de los ayuntamientos, lo que garantiza una mayor rotación de los cargos públicos y previene la perpetuación en el poder.

Para erradicar las prácticas de nepotismo, con la reforma se estipula que no podrán participar en elecciones las personas que tengan o hayan tenido en los últimos tres años un vínculo de matrimonio, concubinato, unión de hecho o parentesco por consanguinidad o civil en línea recta (padres, hijos, abuelos, nietos, etc.) y en línea colateral hasta cuarto grado (hermanos, tíos, primos, hasta el cuarto grado).

Asimismo, se incluye la restricción para quienes tengan vínculos de afinidad, como suegros, cuñados, yernos o nueras, hasta el segundo grado, con la persona que esté ejerciendo la titularidad del cargo para el que se postula; esto aplica para todos los cargos mencionados anteriormente, así como para la titularidad del Ejecutivo Federal y la titularidad de las gubernaturas.

Dentro de los artículos transitorios se establece que la prohibición del nepotismo y la reelección se aplicará a partir de los procesos electorales de 2030.

Con esta aprobación, Baja California refuerza los esfuerzos nacionales para garantizar procesos electorales transparentes, evitando prácticas que afecten la confianza ciudadana asegurando el derecho al voto en condiciones de igualdad y libertad.

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