Designa Congreso a titulares de órganos internos de control de CEDH, SEA e ITAIP
• Ocuparán el cargo por cuatro años con posibilidad de una reelección; queda pendiente la designación para el OIC del TEJA, debido a suspensión dictada por un juez federal
MEXICALI, B.C., JULIO 31 DE 2023.- Durante la sesión ordinaria celebrada este jueves por el Pleno del Congreso del Estado, fueron designados Carlos René Rayle Lizárraga, Víctor Manuel López Magallón y Jesús Agustín Silva Ramírez, como titulares de los Órganos Internos de Control de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción (SESEA) y del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (ITAIP).
En los trabajos que se realizaron bajo la conducción del diputado Manuel Guerrero Luna, en su calidad de presidente de la esa directiva, el Pleno también aprobó el dictamen presentado por la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales presidida por el diputado Juan Manuel Molina, una vez que la Comisión Especial creada para ello y que encabezó la diputada Alejandra Ang Hernández, había determinado también el listado de las personas que cumplieron requisitos para ocupar el cargo de titular del Organo Interno de Control del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJA), pero el procedimiento de elección quedó pendiente hasta en tanto se resuelva una suspensión dictada por un juzgado federal.
En los dictámenes correspondientes a cada una de las designaciones, se estableció que las y los participantes cumplieron con los requisitos de elegibilidad e idoneidad constitucionales, así como con las leyes respectivas de cada órgano desconcentrado.
Los dictámenes fueron remitidos a la Junta de Coordinación Política, para definir el procedimiento de votación consensuado y discutido por sus integrantes, para presentarse en la asamblea plenaria, eligiendo por mayoría calificada (17 votos o más) y en votación nominal, a los arriba mencionados.
La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, establece que es facultad exclusiva del Congreso designar por mayoría calificada a las personas titulares de los Órganos Internos de Control de los organismos con autonomía reconocidos por la Constitución, los cuales durarán en su cargo cuatro años y podrán ser reelectos por una sola ocasión.