Política

Ordenará IEE a partidos reponer procesos internos

Se aprueban dictámenes en Comisión del Régimen de Partidos

● MORENA, PRI y otros deberán hacerlo en los términos de los lineamientos que garantizan el cumplimiento de principios constitucionales de paridad de género e igualdad sustantiva.
MEXICALI, B.C.– En sesión de dictaminación celebrada este día, la Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) aprobó los dictámenes 49, 50, 51, 52, 53 y 54, relativos a la reposición parcial de los procesos internos de selección de candidaturas de los partidos del Trabajo (PT), Encuentro Solidario, de la Revolución Democrática (PRD), Fuerza Social por México, Revolucionario Institucional (PRI) y Morena, respectivamente, para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.
La Consejera Electoral Graciela Amezola Canseco, presidenta de la Comisión, recordó que, en cumplimiento a las diversas sentencias así como del mandato constitucional establecido en el artículo 1º de la carta magna respecto de la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, independencia, indivisibilidad y progresividad, el Consejo General aprobó los lineamientos para garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de paridad de género y de igualdad sustantiva y no discriminación en la postulación de sus candidaturas y en la etapa de resultados del Proceso Electoral en Baja California.
Derivado de lo anterior, Amezola Canseco señaló que el método interno de selección de las candidaturas de los partidos políticos deberá considerar la integración en sus procesos internos a personas que pertenezcan a diversos grupos en situaciones de vulnerabilidad como indígenas, jóvenes, discapacitados, personas de la diversidad sexual y otros sectores conforme a los Estatutos de su partido, así como los citados lineamientos.
Agregó que, a fin de respetar y garantizar los principios de auto organización y autodeterminación de los partidos políticos y, a efecto de que sean las propias instituciones partidistas quienes repongan el procedimiento respectivo, se considera un plazo no mayor a cinco días para que presenten ante el IEEBC las determinaciones señaladas, acompañadas de la documentación estatutaria respectiva en el entendido de que el Consejo General verificará el cumplimiento a lo ordenado.
Finalmente, la Presidenta de la Comisión informó que los citados dictámenes serán remitidos al Consejo General para que se emitan las consideraciones pertinentes.
Ayuntamiento Predial

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