Centro de Conciliación Laboral entrará en funciones por municipio
Declara Congreso procedencia de reforma a un transitorio del Decreto 167
- Será gradual y por territorio, en las mismas fechas en que lo hagan los tribunales laborales, establece la modificación aprobada por el Pleno de los diputados en sesión nocturna
MEXICALI, B.C., NOV. 01 DE 2021.- En sesión extraordinaria virtual, el Congreso del Estado realizó este día la Declaratoria de Procedencia de la Iniciativa de Reforma al Transitorio Quinto del Decreto No. 167 publicado en fecha 12 de febrero de 2021 en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, presentada por el Diputado Juan Manuel Molina García, con el objeto de suprimir la porción normativa que establece una “vacatio legis” de 60 días naturales que debe mediar entre la Declaratoria Legislativa de implementación y su efectiva entrada en función del Centro de Conciliación Laboral a cargo de los operadores, ya que considera que no se encuentra justificado, ni tampoco es necesario el referido espacio de tiempo entre un acto y otro.
Esto tomando en consideración, que por mandato de Ley existe una Comisión Interinstitucional conformada por un nutrido grupo de dependencias y titulares de las mismas, cuya función principal ha sido justamente planificar, programar, proyectar, vigilar, evaluar y ejecutar todas las acciones necesarias para la implementación del nuevo modelo de justicia, que culmina con su solicitud de Declaratoria que formulan a este Poder.
Con fecha siete de octubre del 2021, el diputado Molina presentó la iniciativa en nombre y representación del Grupo Parlamentario de MORENA, en sesión ordinaria virtual del Primer Período Ordinario de sesiones correspondiente al primer año de ejercicio constitucional de la Vigésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado, siguiéndose el proceso parlamentario.
La Declaratoria de Procedencia, fue leída por la Diputada Secretaria de la Mesa Directiva, Araceli Geraldo Núñez en esta sesión extraordinaria nocturna, mencionando que: En cumplimiento a lo establecido por el artículo 112 de la Constitución del Estado y artículo 50 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, al haber recibido los votos aprobatorios de los Ayuntamientos de Tijuana, Playas de Rosarito, Ensenada, Mexicali y el Consejo Fundacional de San Quintín, se procede a declarar formalmente la reforma al transitorio Quinto del Decreto 167, publicado en fecha 12 de febrero de 2021, en el Periodico Oficial del Estado de Baja California.
Por lo que este transitorio queda de la siguiente manera: QUINTO. El Centro de Conciliación Laboral entrará en funciones gradualmente por territorio, en las mismas fechas en que lo hagan los tribunales laborales; para tal efecto, corresponderá al Congreso del Estado, emitir las declaratorias correspondientes de entrada en funciones de dichos órganos, a propuesta de la Comisión Interinstitucional.