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Prisión a quienes roben o manipulen catalizadores

Se aprueba reforma promovida por el diputado Juan Manuel Molina

  •  Se establecen penas de 1 a 7 años de prisión para quienes roben catalizadores o manejen sus desechos sin permiso ambiental; también se sanciona con 1 a 3 años a quien recolecte, transporte o almacene residuos de catalizadores sin permiso ambiental

MEXICALI, B.C., DIC. 07 DE 2025.- El Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad la iniciativa de reforma al Código Penal para Baja California presentada por el diputado Juan Manuel Molina García, para establecer penas de 1 a 7 años de prisión para quien, dolosamente y sin derecho, retire, destruya o altere los catalizadores automotrices, dispositivos esenciales para el control de emisiones contaminantes en los vehículos.

También, se sanciona con 1 a 3 años de cárcel a quien, sin autorización de la autoridad ambiental competente, maneje catalizadores usados como residuos sujetos a condiciones particulares de manejo.

El diputado Molina García destacó que el robo y la alteración de catalizadores, se ha convertido en una problemática creciente que afecta tanto a los propietarios de vehículos como al medio ambiente.

“El retiro de catalizadores tiene repercusiones en la calidad del aire, pues los automóviles sin estos dispositivos emiten niveles de gases contaminantes superiores a los permitidos por la ley, y su eliminación incluso contribuye a la contaminación auditiva, lo que agrava aún más el problema ambiental”, subrayó.

Añadió que los catalizadores de los vehículos automotores están compuestos por metales preciosos como platino, paladio y rodio, cuyo valor en el mercado ha aumentado de manera significativa. Esta situación ha generado un incremento en la venta de catalizadores usados para la extracción de dichos metales, así como un alza en el robo de esta pieza de control ambiental.

Por ello, la reforma al artículo 340 y la adición del artículo 341 BIS del Código Penal del Estado, incorpora al capítulo de delitos contra el medio ambiente, para sancionar conductas que afectan directamente los sistemas de control de emisiones que, por regulación, deben estar instalados en fuentes emisoras fijas o móviles.

Molina García enfatizó que la reforma fortalece el marco jurídico para disuadir la comercialización ilícita de catalizadores y garantizar la seguridad de la población, al castigar tanto la sustracción de esta pieza como las conductas que alteran o eliminan los sistemas de control de emisiones.

Ayuntamiento Predial

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