Proponen sancionar la obstrucción en investigaciones de violencia de género
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Reforma propuesta por Alejandrina Quintero busca atender la problemática en torno a la conducta indebida de servidores públicos responsables de atender la violencia de género
MEXICALI, B.C., ENE. 18 DE 2025.- Con la finalidad de implementar acciones afirmativas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y garantizarles el acceso a una vida libre de violencia, la diputada Santa Alejandrina Corral Quintero presentó ante la XXV Legislatura del Congreso del Estado, iniciativa de reforma a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Baja California.
La intención legislativa es atender la problemática en torno a la conducta indebida de servidores públicos que son responsables de atender los casos relacionados con la violencia de género, ya que pueden tornarse en omisiones graves, sobre todo en lo relacionado con la investigación e integración de expedientes.
La inicialista refirió que si bien en la ley se establece la obligatoriedad de observar los principios rectores en la implementación de políticas públicas que promuevan el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, dentro del orden jurídico estatal no se encuentra la precisión de las faltas graves como actos de demora, malas prácticas, omisiones y/o simulación, que se constituya en entorpecimiento o desvío de estos procedimientos.
“Nos corresponde legislar con perspectiva de género y establecer un sistema que prioriza en todo momento los derechos humanos de las mujeres; sin embargo, en muchos de los casos resulta que los principales detractores de todo este sistema terminan por ser los encargados de la investigación, substanciación y resolución de las faltas administrativas relacionadas con dicho tema”, indicó la representante popular.
Es por ello que se establece en la iniciativa que los servidores públicos responsables de la investigación, substanciación y resolución de las faltas administrativas, incurrirán en obstrucción de la justicia cuando: “Efectúen acciones de encubrimiento de cualquier tipo que tiendan a la omisión, simulación o dilación en la aplicación de procesos y protocolos de investigación para el esclarecimiento de faltas administrativas relacionadas con violencia de género y que, con ello, se afecte de manera múltiple y revictimice a las familias y a la o las personas afectadas”.