Se reconocerá el servicio social como experiencia laboral en B.C.

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Aprueba el Pleno del Congreso Local reforma a Ley de la Juventud impulsada por el diputado Diego Arregui, por la que se busca facilitar el acceso al primer empleo y eliminar barreras de contratación para las y los jóvenes
MEXICALI, B.C., NOV. 08 DE 2026.- Con el objetivo de ampliar las oportunidades de empleo para las juventudes bajacalifornianas, el Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de la Juventud de Baja California para reconocer el servicio social como experiencia laboral acreditable en los procesos de reclutamiento, selección y contratación de personal, tanto en instituciones públicas como en empresas privadas.
La reforma, impulsada por el diputado Diego Alejandro Lara Arregui, presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, incorpora el artículo 36 Bis a la legislación estatal. Esta disposición establece que las actividades realizadas durante el servicio social deberán considerarse como experiencia laboral, siempre que guarden relación con el perfil académico y profesional del puesto solicitado.
El legislador señaló que uno de los principales obstáculos para las y los jóvenes que buscan incorporarse al mercado laboral, es la exigencia de experiencia previa, pese a que durante su formación académica desarrollan actividades profesionales, adquieren habilidades y asumen responsabilidades a través del servicio social.
Con la modificación legal, ninguna convocatoria o proceso de selección podrá excluir a una persona joven bajo el argumento de falta de experiencia cuando ésta se encuentre acreditada mediante una constancia de servicio social expedida por la institución donde realizó sus actividades y dicho documento deberá especificar las funciones desempeñadas y las competencias adquiridas.
La reforma también fortalece la vinculación entre la formación académica y el ámbito laboral, al reconocer el servicio social como una experiencia que permite aplicar conocimientos y desarrollar capacidades profesionales, con lo que se busca reducir las condiciones de desigualdad que enfrentan las juventudes al solicitar su primer empleo, y favorecer su incorporación al sector productivo.
Asimismo, establece que las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal deberán actualizar sus lineamientos de reclutamiento, selección y contratación en un plazo máximo de 60 días, contados a partir de la entrada en vigor del decreto.
Esta reforma incorpora a la Ley de la Juventud un mecanismo para reconocer las capacidades adquiridas y fortalece el derecho de las juventudes a tener acceso a oportunidades de empleo en condiciones de mayor igualdad.




