Política

Establecerán principios de Parlamento Abierto en Ley Orgánica del Congreso

  • Aprueba el Pleno de la XXV Legislatura una propuesta de reforma presentada para esos efectos por la diputada Araceli Geraldo Núñez, que implica también una reforma a la Ley de Participación Ciudadana

MEXICALI, B.C., MARZO 31 DE 2025.- En sesión ordinaria del Pleno del Congreso, la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales presentó el dictamen número 23, correspondiente a la iniciativa de reforma y adición de diversas disposiciones a la Ley de Participación Ciudadana del Estado y la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California.

Se trata de una propuesta de reforma que fue presentada por la diputada Araceli Geraldo Núñez, con la finalidad de establecer el concepto de «Parlamento Abierto» dentro de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Baja California, como un conjunto de acciones legislativas dirigidas a crear espacios de interacción entre la ciudadanía y el Congreso, bajo principios esenciales de transparencia, rendición de cuentas, evaluación del desempeño legislativo y participación ciudadana.

Asimismo, la propuesta incluye el uso de tecnología de la información como una herramienta para facilitar la participación ciudadana, por lo que establece la creación de un espacio permanente en el portal de Internet del Congreso del Estado para recibir opiniones y comentarios sobre las iniciativas de ley presentadas.

Analizado lo anterior, la Comisión dictaminadora informó que con esta medida que propone la inicialista, Baja California se convertiría en el noveno Estado de la República en contemplar e instrumentar en su Ley Orgánica del Poder Legislativo la figura del “Parlamento Abierto”.

Al realizar la votación, la diputada Araceli Geraldo presentó una reserva en lo particular al resolutivo primero y la adición de un artículo transitorio al resolutivo segundo, contenidos en el dictamen, misma que fue aprobada por unanimidad, con lo que adquiere un carácter normativo robusto, bien estructurado y con los mecanismos específicos para su implementación y seguimiento.

Con ello, se aprobó la reforma al artículo 2 de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Baja California, como también la adición del Título Cuarto a denominarse del «DEL PARLAMENTO ABIERTO», con un Capítulo Único relativo a “DISPOSICIONES GENERALES”, en donde se incluya la adicción del artículo 82.

Asimismo, se aprobó la reforma al artículo 170 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, como también la adición del Capítulo Tercero denominado DEL PARLAMENTO ABIERTO al Título Octavo del mismo ordenamiento.

En ese sentido el Congreso del Estado tendrá un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de la reforma, para realizar las adecuaciones necesarias en los procesos legislativos internos, a fin de cumplir con los principios establecidos en materia de parlamento abierto y corresponderá a la Junta de Coordinación Política velar por el cumplimiento de lo anterior.

Ayuntamiento Predial

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