Aprobada, la Ley de Desaparecidos para Baja California
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Dicho marco legal facilitará a las autoridades y a la sociedad abordar de manera efectiva la problemática que ocasiona este fenómeno; entrará en vigor a los 120 días naturales de su publicación en el Periódico Oficial del Estado
MEXICALI, B.C., MARZO 31 DE 2024.- Con 22 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, el Pleno del Congreso del Estado aprobó el Dictamen número 10 de la Comisión de Reforma de Estado y Jurisdiccional, que crea la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas para esta Entidad.
Con la implementación de este marco legal, se facilitará a las autoridades y a la sociedad bajacaliforniana abordar de manera efectiva la problemática de las personas desaparecidas, garantizando sus derechos mediante acciones coordinadas de búsqueda, localización, esclarecimiento, prevención, investigación, sanción y coordinación institucional, se estableció durante los trabajos de la sesión de clausura del segundo período ordinario de sesiones del tercer año de Ejercicio Constitucional de la XXIV Legislatura Local, que funcionó bajo la presidencia de la diputada Araceli Geraldo.
Asimismo, se enfatizó, garantiza la participación de los familiares en el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda e identificación de personas desaparecidas y no localizadas, y asegura la colaboración en las etapas de la investigación, de manera que puedan emitir sus opiniones, recibir información, aportar evidencias, en concordancia con los protocolos emitidos por el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Esta nueva Ley se compone de 119 artículos distribuidos en cinco Títulos, que consideran las disposiciones generales, la responsabilidad administrativa y los delitos de funcionarios públicos, el establecimiento de las autoridades estatales de búsqueda, el derecho de las víctimas y la prevención de los delitos.
Mientras que los artículos transitorios establecen, entre otros puntos, que la entrada en vigor será a los 120 días naturales de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, y que la Comisión Local de Búsqueda en un plazo no mayor a 90 días naturales de la entrada en vigor, deberá elaborar los planes y programas para capacitar a las personas servidoras públicas que integrarán los Grupos Locales de Búsqueda bajo su cargo.
Respecto a los Ayuntamientos, se prevé que deben implementar la Ley y armonizar su normativa, especialmente en materia de panteones, en un plazo máximo de 120 días naturales.
Se alcanzó el resolutivo final al incluir iniciativas de diversos legisladores y recabar, a través del esquema de parlamento abierto, opiniones de organismos de la sociedad, colectivos especializados en la búsqueda de personas desaparecidas, académicos, asociaciones y autoridades, con el objeto de enriquecer su contenido el proyecto mediante el cambio de información.
LICENCIA A DOS LEGISLADORAS
Durante la sesión, los diputados y las diputadas también resolvieron a favor las solicitudes de licencia que presentaron las diputadas Daylín García Ruvalcaba y Santa Alejandrina Corral Quintero, de los Partidos Movimiento Ciudadano y Acción Nacional, respectivamente, quienes decidieron dejar la curul para participar como candidatas de sus organizaciones políticas para buscar la reelección en sus cargos.
En el caso de la diputada Daylín García, su licencia entrará en vigor este 1 de abril y concluirá el 2 de junio próximo, mientras que por parte de la diputada Alejandrina Corral, la licencia es a partir del 15 de abril con conclusión también el 2 de junio próximo.