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Aprueba CongresoBC reforzar derechos de víctimas de delitos

  • Fue iniciativa de la diputada Araceli Geraldo para reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales; la propuesta la enviará la legislatura local al Congreso Federal

MEXICALI, B.C., JUNIO 24 DE 2023.- En sesión ordinaria, el Pleno del Congreso del Estado aprobó una reforma al artículo 110 del Código Nacional de Procedimientos Penales con el que se pretende reforzar la garantía de los derechos de las víctimas de delitos, promovida por la diputada Araceli Geraldo Núñez.

El dictamen correspondiente fue presentado por la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, y busca insertar en el Código antes mencionado, nombrar a un asesor jurídico de oficio, cuando el ofendido o víctima no sea localizado, a fin de que en su nombre realice las intervenciones correspondientes en las etapas del proceso penal y no dejarlo en estado de indefensión.

La legisladora señaló que, en la práctica, muchos de esos ofendidos o víctimas ya no se encuentran en su domicilio, y no se pueden localizar para hacer de su conocimiento la continuidad de su proceso hasta su culminación, y en el artículo 110 del Código referido, no hace alusión qué sucede en esos casos.

Al realizar el análisis de la propuesta de la diputada Araceli Geraldo, la Comisión consideró jurídicamente procedente la reforma planteada por la inicialista, refiriendo que tanto a nivel Constitucional, como de la codificación procesal, se garantizan los derechos de los ofendidos y víctimas de un delito, siendo uno de esos derechos que además de contar con la institución del Ministerio Publico, también deben de contemplar con la figura del asesor jurídico.

«Analizado lo anterior, esta Comisión advierte de manera clara que la propuesta legislativa tiene bases y soportes constitucionales, y se encuentra encaminada a reformar una disposición de competencia federal, por lo que la inicialista en el uso de sus facultades, presentó la iniciativa ante esta Soberanía, solicitando haga suyo el planteamiento legislativo, con la finalidad de que sea remitida al Congreso de la Unión», puntualiza el dictamen que fue aprobado para esos fines y para que sea la Cámara Baja del Congreso de la Unión la que determine su aprobación o no.

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