Política

Exigen al Poder Judicial de BC generar su propio RFC

Comisión de Fiscalización del Congreso les envía exhorto

• Permite reforzar el control interno de entidades con la documentación soporte que integra su cuenta pública debidamente requisitada, dicen

MEXICALI, B.C., ENERO 20 DE 2022.- En Sesión Ordinaria del Pleno del Congreso, la diputada Alejandra María Ang Hernández, en su calidad de Presidenta de la Comisión de Fiscalización y Gasto Público, presentó proposiciones en las que se exhorta al Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California, a realizar las gestiones correspondientes para que el Poder Judicial y el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia estatal cuenten con su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) propio.

De acuerdo al artículo 66 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, las facultades de esa Comisión dictaminadora son estudiar y analizar los informes de resultados de la Fiscalización Superior de la cuenta pública anual de las entidades, así como supervisar el inventario y control de los bienes muebles e inmuebles del Gobierno del Estado, organismos descentralizados, paraestatales y todos aquellos sujetos a fiscalización por el Congreso del Estado.

“Es por lo antes expuesto y con el claro objetivo de consolidar los principios de la cuarta transformación que impulsa el Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador y que a nivel Estatal promueve nuestra Gobernadora Marina del Pilar Ávila Olmeda, que la Comisión de Fiscalización del Gasto Público de esta vigésima cuarta legislatura, que presido, buscará la máxima transparencia y rendición de cuentas de cómo es ejercido el recurso público que se otorga a las diversas entidades del Estado”, declaró Ang Hernández.

La legisladora morenista explicó que esta medida tiene el propósito de que el Poder Judicial del Estado cumpla de manera cabal con sus obligaciones fiscales, esté en posibilidad de emitir sus Comprobantes Fiscales Digitales y cumpla paralelamente con la obligación fiscal establecida en el Articulo 86 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, respecto a la expedición de los comprobantes fiscales en el pago de salarios, sin tener que depender del Poder Ejecutivo del Estado, aunado a que se reforzará el control interno al contar con la documentación soporte que integra su cuenta pública debidamente requisitada.

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