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Clarifican penalidad por monto mínimo de robos en Código Penal

  • Se establece que serán de 6 meses a 3 años de prisión cuando el monto no supere las 80 veces el valor de la UMA

MEXICALI, B.C., JUNIO 22 DE 2025.- El Pleno del Congreso Local aprobó el Dictamen No. 6 de la Comisión de Justicia, relativo a la iniciativa de reforma al Código Penal promovida por la diputada Norma Angélica Peñaloza Escobedo, por la que busca que se clarifiquen los rangos en el monto de lo robado, para que se dé la aplicación de la pena.

La legisladora morenista explicó que el delito de robo constituye una de las conductas delictivas más comunes y lesivas para la sociedad, afectando no solo el patrimonio de las víctimas, sino también la percepción de seguridad y justicia en la comunidad.

Sin embargo, dijo, a pesar de establecer el Código Penal Estatal en su artículo 201 las sanciones correspondientes, diferenciando las penas según el valor de lo sustraído, presenta en su fracción I, una redacción que puede generar ambigüedades en la determinación de la punibilidad basada en el valor de lo robado.

Por ello, la diputada Angélica Peñaloza, quien preside la mencionada comisión dictaminadora, propuso la reforma para que se garantice una aplicación más justa y equitativa de la Ley.

Entre las razones que detalló en su exposición de motivos, que motivan el cambio legislativo, están que el artículo y la fracción señalada, define las penas para quien cometa el delito de robo, en base a los límites en el monto de lo robado, salvo en la fracción I. donde se omite y se determina por deducción.

Las diputaciones integrantes de la XXV Legislatura del Estado consideraron por su parte, que la reforma de la inicialista es idónea, toda vez que clarifica los rangos del delito para la correcta aplicación de las penas que correspondan.

Por tales motivos, el Pleno aprobó (diecisiete votos a favor, cero en contra y cero abstenciones) la reforma al artículo 201 del Código Penal de Baja California, para quedar como sigue: fracción I.- De seis meses a tres años de prisión y hasta cien días multa, cuando el valor de lo robado no exceda de ochenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

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