Promueve diputada Murillo reformas a la Ley del Registro Civil de BC
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Pretende que toda la legislación vigente en el Estado esté acorde a los cambios que se establecieron en la administración pública estatal, con un lenguaje incluyente
MEXICALI, B.C., JUNIO 12 DE 2024.- La diputada Dunnia Montserrat Murillo López presentó diversas reformas a la Ley Orgánica del Registro Civil del Estado de Baja California, con perspectiva de género y fueron turnadas para su estudio y análisis a la comisión del ramo.
En su exposición de motivos, mencionó la legisladora que es necesario que toda la legislación que esté vigente en Baja california, esté acorde a los cambios que se establecieron en la administración pública estatal.
Con esto, se evitan problemas legales en cuanto a facultades de los diversos organismos e instituciones públicas en el Estado, aunado a que se deben respetar en todo momento los derechos humanos de las personas que viven en la entidad.
La diputada Murillo dijo que se debe llevar a cabo una armonización, no sólo en cuanto a nomenclatura de secretarías y órganos públicos, sino también de la utilización de un lenguaje incluyente que no discrimine.
En este sentido, con el objetivo de armonizarla con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo vigente, así como del empleo de un lenguaje incluyente, propuso una reforma a los artículos 8, 9, 9 bis, 10, 11, fracciones II, IV, VIII, 13, 14, 16, 20, 21, cuarto párrafo, 23 y 27 segundo párrafo, de la Ley de Registro Civil.
De la misma manera, propuso otra reforma a los artículos 29, 30, 31, 33, 34, 36, 38, 39, 40, 41, 42 y 43 con el fin de emplear lenguaje incluyente. Y con el mismo fin, promovió una enmienda a diversas fracciones de los artículos 45 y 46, así como al 47, 49 y 50, 52, 53, 55, 56, 57, 58 y 59, fracción I incisos c y e de la citada Ley objeto de la reforma.
Además, planteó enmendar los artículos del 60 al 65 y del 67 al 69, 69 Bis, 71 y 73 de la Ley en comento.
La iniciativa para dicha reformas las presentó la legisladora Dunnia Murillo recientemente a través de Oficialía de Partes, dadas a conocer al Pleno y turnadas a la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes, para su estudio y dictamen.