Avanza en Comisiones reforma para prohibir «terapias de conversión» en BC
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Aprueban diputados proyecto de dictamen, aunque dejan pendiente una modificación a otro ordenamiento que forma parte del mismo paquete de reformas
MEXICALI, B.C., ABRIL 08 DE 2022.- La Comisión de Igualdad de Género y Juventudes llevó a cabo la séptima Sesión Ordinaria, en la que fueron aprobadas las iniciativas de reforma a diversos ordenamientos de Baja California, en materia de prohibición de terapias de conversión, presentadas en fecha 17 de noviembre de 2021 y 14 de febrero de 2022, por las Diputadas Julia Andrea González Quiroz y Evelyn Sánchez Sánchez, respectivamente.
En las iniciativas dictaminadas, se explica que el término “terapias de conversión” -también conocidas como los “ECOSIG”-, abarca intervenciones que tienen por finalidad cambiar la orientación sexual de una persona o su identidad de género; sin embargo, la CONAPRED en 2017 las consideró porque transgreden la salud, invisibilizando la diversidad sexual y estigmatizando la homosexualidad.
El uso del término “terapia” transmite la idea de que estas prácticas se basan en conocimientos médicos o científicos sólidos. Sin embargo, una extensa lista de prestigiosas asociaciones profesionales médicas y de salud mental han repudiado estas prácticas precisamente porque carecen de apoyo científico.
Por otro lado, el término “conversión” implica la idea de que las personas pueden ser cambiadas, “convertidas” o programadas, aunque la evidencia demuestra que en estos métodos siempre está implícito la tortura, la violación de derechos fundamentales, el dolor y la humillación de quien es sometido a ellas.
La expresión “terapias de conversión”, también puede encontrar otras variantes, tales como “terapia de cambio de orientación sexual” o “terapia de reorientación sexual”; sin embargo, la evidencia documentada revela que, en la práctica, se han empleado distintas denominaciones. Así es como se ha llegado al acrónimo ECOSIEG, que significa «Esfuerzos de Cambio de Orientación Sexual, Identidad de Género o Cambio de Expresión de Género», adoptado en diversos espacios y que ambas inicialistas lo citan en diversas ocasiones en sus proyectos legislativos.
La comisión dictaminadora indicó que se aprobó la adición de un Capítulo XII denominado Delitos Contra la Orientación Sexual, la Identidad y Expresión de Género, al Título Primero del Código Penal para el Estado de Baja California, y la adición de un artículo 160 QUINQUIES al mismo ordenamiento.
También fue aprobada la reforma al artículo 21 de la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Baja California. Al someter a votación de los integrantes de la comisión el dictamen, éste fue aprobado por unanimidad, sin embargo, se continuará analizando para atender las observaciones realizadas para que sea presentado ante el Pleno del Congreso.
Por otro lado, fue presentado el informe del Avance de las propuestas al Congreso para la atención a Alerta de Violencia de Género contras las Mujeres del Informe de Trabajo de la Alerta de Género contra las Mujeres (AVGM/02/2020).