Taxis de plataforma deberán portar distintivos visibles

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El Pleno del Congreso aprobó una reforma impulsada por la diputada Araceli Geraldo para que se establezca esa medida de seguridad para usuarios y operadores
MEXICALI, B.C., MARZO 13 DE 2025.- El Congreso Local aprobó este jueves una reforma a la Ley de Movilidad Sustentable y Transporte del Estado, para que las unidades de taxi de plataforma porten obligatoriamente un distintivo visible en el exterior de las mismas, a efecto de ofrecer una mayor seguridad a las personas usuarias y a los mismos operadores.
Se trata de una propuesta legislativa promovida por la diputada Araceli Geraldo Núñez misma que fue presentada a consideración del Pleno de las diputadas y los diputados a través del dictamen número 1 de la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Conurbación, Infraestructura, Movilidad, Comunicaciones y Transportes de la XXV Legislatura del Congreso del Estado.
La reforma es para que los vehículos utilizados bajo el esquema de aplicación móvil (UBER, Didi, Cabify, Beat, etc.) porten un distintivo visible en el exterior de la unidad, que identifique la empresa de transporte a la cual el prestador del servicio se encuentre afiliado o registrado, para aumentar los estándares de seguridad para las personas usuarias y operarias.
La Comisión dictaminadora concluyó que la propuesta legislativa promovida por la diputada Geraldo Núñez tiene sólidos fundamentos y bases constitucionales y reconoció que el transporte mediante plataformas digitales, ha transformado la movilidad en el Estado, así como también se ha convertido en una actividad económica creciente para la población.
Sin embargo, acotó, en años recientes se ha presentado un alza en diversos tipos de delitos donde se relacionan tanto choferes como personas usuarias de las plataformas de transporte.
En virtud de lo anterior, se determinó la aprobación de la reforma al artículo 224 de la Ley de Movilidad Sustentable y Transporte del Estado de Baja California, previa reserva presentada por la misma inicialista, para quedar como sigue: “…Este distintivo debe ser visible desde el exterior del vehículo siempre que se encuentre activo prestando servicios, identificando que se trata de un servicio de transporte intermediado por plataforma digital…»
La diputada Araceli Geraldo explicó en la reserva que la misma es para clarificar las obligaciones que derivarán de la reforma a dicho artículo para brindar seguridad jurídica a los destinatarios de la norma y precisó que en ésta se precisa la competencia del Instituto de Movilidad Sustentable del Estado (IMOS) para emitir la norma técnica que defina las características del distintivo, con la idea de que se contemple, entre otros aspectos, el material, dimensiones y el texto a contener.
Al justificar la reforma, la inicialista dejó claro que no se pretende imponer una carga excesiva a los prestadores de servicio, sino contar con una herramienta adicional para brindar certeza al usuario de que está utilizando el vehículo solicitado.