Promueve Araceli Geraldo reforma a la Ley del Servicio Civil de BC
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Busca la armonización de esa norma con lo establecido en la LFT sobre el descanso obligatorio del 1 de octubre de cada 6 años, por la asunción de Presidencia de la República
MEXICALI, B.C., OCT. 18 DE 2024.- Recientemente, el Congreso de la Unión reformó la Ley Federal del Trabajo con la finalidad de armonizarla con la Constitución Política, donde se señala como día feriado y, por ende, de descanso obligatorio, el 1 de octubre del año que corresponda, con motivo de la toma de protesta de la o el titular de la Presidencia de la República.
En atención a lo anterior, la diputada Araceli Geraldo Núñez precisó que es necesario armonizar la legislación local respecto al día de descaso obligatorio, por lo que presentó una iniciativa que reforma la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California, para establecer el día de descanso obligatorio, en sustitución del 1 de diciembre que actualmente señala la norma.
La legisladora abundó que actualmente, en la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California, en los artículos 74 y 30, respectivamente, se establece como día feriado y, por ende, de descanso obligatorio, “el 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal”.
Cabe recordar que el pasado 18 de septiembre, el Senado de la República avaló por unanimidad de 117 votos, el decreto que reforma el artículo 74 de la Carta Magna, por lo que lo enviaron a la colegisladora.
En tanto, la Cámara de Diputados aprobó dicho decreto el 24 de septiembre.
La diputada Geraldo Núñez destacó que la fecha del 1 de octubre obedece a que el 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral, en donde se modificó, entre otras cosas, el artículo 83 para establecer el día 1 de octubre como fecha de inicio del mandato presidencial.