Declara Congreso procedencia de reforma Constitucional
Concluyó proceso para modificar un transitorio
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Deja sin efecto límite de permanencia a jueces designados antes del 2 de febrero del 2007, al fructificar propuesta de la diputada Rocío Adame y el diputado Román Cota
MEXICALI, B.C., ENERO 19 DE 2022.- El Congreso del Estado llevó a cabo la declaratoria de procedencia de la reforma al artículo séptimo transitorio del Decreto 274, publicado el 2 de febrero del 2007 en el Periódico Oficial del Estado, misma que fue aprobada con el Dictamen Número 18 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales recientemente.
Mediante esta modificación, el contenido del artículo 62 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, solo será aplicable a los jueces que hayan sido nombrados con posterioridad al día 2 de febrero de 2007, es decir, que no podrán permanecer en sus cargos por más de quince años.
Al dar lectura a la declaratoria de procedencia constitucional, la Secretaria de la mesa directiva, diputada Araceli Geraldo, recordó que con fechas del quince de septiembre y diecinueve de octubre de 2021, la diputada María del Rocío Adame Muñoz y el diputado Román Cota Muñoz, respectivamente, presentaron ante Oficialía Partes del Congreso Iniciativas que reforman el mencionado artículo séptimo transitorio del Decreto 274 de la Constitución Política del Estado, para evitar que se hiciera efectiva a jueces del Poder Judicial del Estado que habían sido nombrados bajo una norma distinta, es decir, antes del 2 de febrero del 2007.
Expuso que en sesión ordinaria de Pleno de los diputados celebrada el pasado 23 de diciembre del 2021, fue aprobado por veinticinco votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el dictamen número 18 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, que contiene la reforma en mención.
En cumplimiento a lo establecido por el artículo 112 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y artículo 50 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, al haber recibido los votos aprobatorios de los ayuntamientos de Playas de Rosarito, Ensenada, Tijuana y el Concejo Fundacional de San Quintín, se procede a declarar formalmente la reforma al artículo séptimo.