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Revisan albercas para prevenir contra mortal amiba de vida libre

  • Realiza la COEPRIS operativo también en chapoteaderos, centros recreativos, parques de fiestas, etc.

 

MEXICALI, B.C., ABR. 05 DE 2021.- La Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS), ha capacitado a los responsables de establecimientos con alberca, con el propósito de orientar sobre las medidas de prevención por la actual pandemia por COVID-19 y también para prevenir contra la presencia de la mortal amiba de la vida libre.

Las autoridades de la dependencia, comentaron que debido a que la entidad se encuentra en el semáforo amarillo epidemiológico, se han reabierto los sitios que cuentan con albercas, es por ello que se capacitó al personal para disminuir el riesgo de contagio en los usuarios de estos servicios.

Señalaron que además la COEPRIS tiene el programa de prevención de la meningoencefalitis amebiana primaria, enfermedad causada por el protozoario amiba de vida libre de los géneros Acanthamoeba y Naegleria Fowlery), en el que incluye acciones de vigilancia sanitaria consistentes en la verificación de cuerpos de agua de uso recreativo como albercas, chapoteaderos, jacuzzis de hoteles, centros recreativos, salones y parques de fiestas, con el objeto de constatar las condiciones sanitarias y tomar muestras de agua, para su análisis de laboratorio.

El Estado cuenta con un registro de 264 establecimientos distribuidos de la siguiente manera: en el municipio de Mexicali 130, en Tijuana 66, Ensenada 54 y Vicente Guerrero 14.

La temporada de monitoreo para búsqueda de amiba de vida libre inicia la tercera semana del mes de mayo y culmina la segunda semana del mes de octubre, sin embargo, debido al aumento de la temperatura ambiental y por motivo del periodo vacacional de Semana Santa, se realizan verificaciones anticipadas para proteger la salud de la ciudadanía.

Explicaron que se realizarán visitas y muestreos con una periodicidad bimensual en todos los municipios de la entidad, así como también se verificará el cumplimiento de los protocolos y medidas sanitarias para la prevención y mitigación del riesgo de contagio por la enfermedad COVID-19.

Además antes del inicio de la temporada se llevarán a cabo eventos de capacitación dirigidos a los propietarios y personal de las áreas de albercas para difundir la normatividad y relacionados con las medidas de mantenimiento de las mismas.

Durante las visitas de verificación se constatará que los establecimientos cumplan con lo siguiente: procedimiento y bitácoras de mantenimiento y limpieza, resultados de laboratorio de los análisis realizados, reglamento de uso y medidas de seguridad a la vista de los usuarios, sanitarios y regaderas limpios, alberca o cuerpo de agua de que se trate con paredes, pisos y accesorios limpios, con acabado sanitario y en buen estado de conservación (sin grietas), sistema de circulación y filtración de agua, agua clara (no turbia), sin materia flotante, bitácoras y registros de cloración del agua de 1 a 5 partes por millón.

Para la prevención de COVID-19 se verificará, que cuenten con: filtro de ingreso con medición de temperatura y aplicación de gel desinfectante, protocolos de seguridad sanitaria ante la pandemia, aforo reducido en relación a la capacidad total del establecimiento, distanciamiento social a 1.5 metros entre personas de diferente familia, entrada y salida de personas por diferentes puntos, señalética alusiva a las medidas preventivas del coronavirus.

Es importante que los responsables de estos lugares tengan conocimiento de que se podrá aplicar medida de suspensión de actividades de la alberca por:

Resultado positivo a presencia de amiba de vida libre o análisis bacteriológico, falta de resultados exhibidos al público de limpieza de la alberca, de bitácoras y registros de limpieza y cloración de la alberca, de cloro a menos de 1 parte por millón, de protocolos de seguridad ante la pandemia por COVID-19, de filtro de acceso con toma de temperatura y aplicación de gel desinfectante, de uso de cubrebocas dentro de las instalaciones por el personal o usuarios y por no respetar el aforo establecido y aglomeración de personas sin respeto del distanciamiento social a 1.5 metros.

Las autoridades estatales concluyeron que estas medidas son por la seguridad y protección de los usuarios de las albercas, por lo que reitera el llamado a la población a respetar los reglamentos de los establecimientos.

Ayuntamiento Predial

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